Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales: qué deben revisar las empresas en 2026

Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales: qué deben revisar las empresas en 2026

La seguridad contra incendios en establecimientos industriales ha cambiado de forma importante con la aprobación del Real Decreto 164/2025, que aprueba el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Esta norma sustituye al anterior Reglamento aprobado por el Real Decreto 2267/2004, derogado con efectos desde el 10 de mayo de 2025.

Para muchas empresas, el problema no está en conocer cada artículo del reglamento, sino en algo más práctico: saber si su nave, taller, almacén, centro logístico o instalación industrial sigue estando correctamente protegida y documentada.

Porque un sistema de protección contra incendios no se revisa solo cuando hay una inspección. Debe estar actualizado, mantenido y adaptado al uso real del establecimiento.

A qué empresas afecta el nuevo reglamento

El nuevo reglamento se aplica a los establecimientos industriales, entendiendo como tales aquellos cuyo uso principal es industrial. Incluye actividades industriales, almacenes industriales, talleres de reparación de vehículos y servicios auxiliares o complementarios de esas actividades.

Esto significa que no estamos hablando solo de grandes fábricas. También puede afectar a naves industriales, talleres, almacenes, centros de distribución, instalaciones logísticas, zonas de producción o espacios donde se desarrolla una actividad industrial o auxiliar.

Aun así, no todos los casos son iguales. La protección exigible depende de varios factores: el tipo de actividad, la superficie, la configuración del edificio, los sectores o áreas de incendio, la carga de fuego, el nivel de riesgo intrínseco y las características reales del establecimiento.

Por eso, conviene evitar una idea peligrosa: pensar que “con tener extintores” ya es suficiente.

Lo primero: revisar si el uso real coincide con el proyecto

Uno de los puntos más importantes es comprobar si la actividad actual coincide con la que se tuvo en cuenta al diseñar o legalizar la instalación.

En muchas empresas, el negocio cambia con el tiempo. Se amplía el almacén, se introducen nuevos materiales, se añade maquinaria, se modifica la distribución interior, se crean zonas de carga y descarga o se ocupa una parte de la nave que antes estaba vacía.

El problema es que esos cambios pueden alterar el riesgo de incendio. Y si el sistema PCI no se revisa después, la empresa puede estar trabajando con una protección pensada para una realidad que ya no existe.

El nuevo reglamento exige que los titulares mantengan los establecimientos en condiciones adecuadas para cumplir las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio para las que fueron diseñados. Además, si se realizan modificaciones significativas, deben volver a presentarse los documentos correspondientes para la parte afectada.

En la práctica, esto obliga a hacerse una pregunta clara: ¿la nave que tenemos hoy es la misma que se evaluó en su día?

Sectores, áreas de incendio y riesgo intrínseco

El reglamento da mucha importancia a la caracterización del establecimiento. Es decir, no basta con mirar el edificio como un bloque único. Hay que identificar edificios, espacios abiertos, sectores de incendio, áreas de incendio y calcular el nivel de riesgo intrínseco de cada sector o área. Los requisitos de los anexos del reglamento dependen precisamente de esa configuración, del riesgo y de la superficie.

Este punto es clave para empresas industriales porque el riesgo puede no ser uniforme. Una zona de oficinas dentro de una nave no tiene el mismo riesgo que un almacén con mercancía combustible, una sala técnica, un taller, una cámara frigorífica o una zona de producción.

Por eso, cuando se revisa una instalación PCI, conviene comprobar si la sectorización sigue teniendo sentido y si se han respetado las condiciones previstas: puertas cortafuegos, pasos de instalaciones, recorridos de evacuación, resistencia al fuego de elementos constructivos, señalización y separación entre zonas.

Protección activa: no solo extintores

El Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 513/2017, regula las condiciones exigibles al diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes de protección activa contra incendios.

Aquí entran sistemas como extintores, bocas de incendio equipadas, detección automática, sistemas de alarma, abastecimiento de agua, hidrantes, rociadores, sistemas de control de humos o extinción automática, según corresponda en cada caso.

La clave está en no revisar estos elementos de forma aislada. Un extintor puede estar en fecha, pero mal ubicado. Una BIE puede existir, pero estar bloqueada. Una alarma puede funcionar, pero no estar bien adaptada al uso actual. Un sistema de detección puede haber quedado insuficiente si se ha cambiado la distribución interior.

La protección contra incendios debe analizarse como un sistema completo, no como una suma de equipos sueltos.

Mantenimiento e inspecciones periódicas

Otro punto crítico es el mantenimiento. Los equipos y sistemas de protección activa contra incendios deben someterse a las revisiones de mantenimiento establecidas en el RIPCI. Además, las actas de mantenimiento deben estar disponibles para los servicios competentes en materia de industria durante al menos cinco años desde su expedición.

Con el nuevo reglamento, las inspecciones periódicas de los establecimientos industriales deben solicitarse a un organismo de control habilitado y realizarse, al menos, cada cinco años. En esas inspecciones se comprueba, entre otros aspectos, que no se hayan producido cambios en la actividad, que se mantengan la tipología del establecimiento, los sectores y áreas de incendio, el nivel de riesgo intrínseco y que las instalaciones de protección contra incendios sigan siendo las exigidas conforme al proyecto.

Esto convierte la documentación en una parte esencial del cumplimiento. No sirve de mucho tener equipos instalados si no existen certificados, actas, contratos de mantenimiento, informes o documentación técnica que respalde su estado.

Qué ocurre con los establecimientos industriales ya existentes

Una duda habitual es si todas las naves existentes tienen que adaptarse automáticamente a las nuevas exigencias. La respuesta es más matizada.

El Real Decreto 164/2025 establece que los establecimientos industriales existentes antes de su entrada en vigor no tienen que adaptarse obligatoriamente a las nuevas exigencias y continúan rigiéndose por la reglamentación que les era aplicable, salvo en determinados aspectos. Entre esos aspectos están el funcionamiento y mantenimiento, las inspecciones, la actuación en caso de incendio y el régimen sancionador, que pasan a aplicarse a todos los establecimientos industriales, nuevos o existentes, una vez transcurridos seis meses desde la entrada en vigor del real decreto.

Por tanto, una empresa con una nave anterior no debería quedarse tranquila sin más. Puede que no tenga que rehacer toda su instalación, pero sí debe revisar mantenimiento, inspecciones, documentación, cambios de actividad y estado real de sus medidas de protección.

Qué debería revisar una empresa industrial

Sin entrar en obligaciones concretas que deben ser valoradas por un técnico competente, una empresa debería revisar como mínimo:

  • Si la actividad actual coincide con el proyecto o memoria técnica.
  • Si se han hecho ampliaciones, reformas o cambios de distribución.
  • Si han cambiado los materiales almacenados o la carga de fuego.
  • Si los sectores de incendio y recorridos de evacuación se mantienen correctamente.
  • Si los equipos PCI instalados siguen siendo adecuados al riesgo.
  • Si las revisiones de mantenimiento están al día.
  • Si existen actas, certificados y contrato con empresa mantenedora habilitada.
  • Si hay inspecciones periódicas pendientes.
  • Si el personal conoce las medidas básicas de actuación en caso de incendio.

Esta revisión no debe plantearse como un trámite, sino como una forma de evitar problemas mayores: sanciones, paralización de actividad, daños personales, pérdidas materiales o conflictos con seguros después de un incendio.

Seguridad contra incendios con Second Seguridad

En Second Seguridad ayudamos a empresas, naves, talleres, almacenes y establecimientos industriales a revisar sus sistemas de protección contra incendios con un enfoque profesional y adaptado a cada caso.

Analizamos la situación real de la instalación, los sistemas PCI existentes, el mantenimiento, la documentación disponible y las necesidades concretas del establecimiento para detectar posibles carencias antes de que se conviertan en un problema.

El nuevo reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales no debería verse solo como una obligación normativa. Es una oportunidad para revisar si tu empresa está realmente protegida, si la instalación responde al uso actual del espacio y si la documentación está preparada ante una inspección.

Porque en materia de incendios, descubrir un incumplimiento tarde puede salir mucho más caro que revisarlo a tiempo.

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